En el mercado de la venta de viviendas es importante que nos familiaricemos con varios conceptos: el valor de mercado, el valor fiscal, los diferentes tipos de impuestos o el valor catastral. De este último vamos a hablar en este artículo. ¿Quieres saber más al respecto? Sigue leyendo este post e intentaremos despejar todas tus dudas.
Lo primero que debes saber es que el valor catastral es el valor que tienen en el Catastro todos los inmuebles situados en territorio español. ¿Qué es esto? Pues un registro inmobiliario que recoge los diferentes bienes inmuebles, ya sean rústicos, urbanos o de características especiales. Esta recopilación recoge datos como la referencia catastral (identificador único de 20 caracteres), la ubicación del inmueble, su distribución, los usos dados (residencial, comercial), el nombre del propietario y el valor en sí.
¿CÓMO SE CALCULA EL VALOR CATASTRAL Y PARA QUÉ SE UTILIZA?
La valoración toma como referencia la Ley del Catastro Inmobiliario y se rige por diferentes factores. El método se realiza de forma colectiva y tiene en cuenta los dos valores principales: suelo y construcción . Para obtener este concepto, el Catastro tiene en cuenta diferentes factores, obtenidos a partir de las características del inmueble. Lógicamente, los cálculos son realizados por técnicos cualificados, sin que las personas normales puedan intervenir en esta valoración:
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Su ubicación
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El tipo de suelo (rústico, urbano) y sus condiciones de uso (urbanizable o no urbanizable)
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La antigüedad del edificio (si se han hecho reformas anteriores…)
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Valor histórico o patrimonial (si lo hay)
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Adecuación de la producción
Además de la función estadística, el Estado utiliza el valor catastral para un fin mucho más lucrativo: el cálculo de los diferentes impuestos a aplicar. Por ejemplo, el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Sí, ese recibo que tu Ayuntamiento te reclama anualmente por tener un piso. Gracias al Catastro, Hacienda asegura su parte correspondiente a cada usuario.
Por ello y para evitar sustos económicos o problemas con la Agencia Tributaria, el propietario del inmueble tiene que comunicar cada modificación. Imagina que el valor catastral de tu piso ascendía a 120.000 euros en 2016. Sin embargo, por razones de uso, las tuberías han sufrido un fuerte desgaste y has tenido que sustituir parcialmente la instalación. Debido a las incidencias y a la antigüedad de la parcela, es lógico que ese valor disminuya con el tiempo. Pero si no lo comunicas, Hacienda seguirá aplicando el valor de 2016. Si quieres ahorrar dinero, ¡mantén a la tesorería al día!
Calcular el valor catastral no es fácil y por ello, Hacienda suele optar por otro concepto similar, el valor fiscal. Puedes consultar este enlace si quieres saber más al respecto (insertar enlace fiscal).
¿CÓMO PUEDO SABER CUÁL ES EL VALOR CATASTRAL DE MI CASA DE BILBAO?
Si es usted propietario, le resultará relativamente fácil conocer este valor. Aquí tienes diferentes ejemplos de cómo puedes hacerlo:
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Con el recibo del IBI: como ya hemos visto, este impuesto lo gestiona anualmente el Ayuntamiento de tu localidad. Si no lo tienes en casa, pregunta a tu ayuntamiento o consúltalo online; como por ejemplo, en este enlace del Ayuntamiento de Bilbao
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A través de la Sede Electrónica del Catastro: gracias a este portal web, podrá conocer y encontrar el valor catastral de su inmueble o incluso de cualquiera que necesite buscar, siempre que conozca algunas referencias básicas (ubicación, referencia catastral. Dentro de su ‘Buscador de Inmuebles’, podrá acotar la búsqueda con diferentes campos (referencia catastral, calle/número, polígono/parcela, coordenadas o Código Único Registral). También puede ver la cartografía española.
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Por teléfono: basta con una llamada al catastro, aunque es necesario identificarse con nombre, apellidos y DNI.
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Presencial: no es lo más aconsejable en estos tiempos de coronavirus y además, la mayoría de las administraciones públicas se han volcado en la gestión de trámites online. El problema es que ciertos grupos de población (personas mayores) aún no dominan las nuevas tecnologías y, por tanto, siguen prefiriendo la vía presencial. Si las circunstancias sanitarias lo permiten, acuda al Catastro Municipal o a su Ayuntamiento y realice los trámites.